Introducción
Ya vimos en nuestro artículo sobre autoconsumo con excedentes vs sin excedentes qué diferencia a ambas modalidades y qué rango de precios se paga por el excedente en 2026. En esta guía nos centramos exclusivamente en el mecanismo de compensación: qué requisitos necesitas cumplir, qué trámites hay que hacer y cómo se calcula exactamente el descuento que aparece en tu factura de la luz cada mes.
Qué es la compensación de excedentes
La compensación de excedentes es el mecanismo legal, regulado por el Real Decreto 244/2019, que permite a los propietarios de una instalación de autoconsumo descontar de su factura eléctrica el valor de la energía que producen de más y vierten a la red, en lugar de recibir ese dinero como un ingreso bancario directo. En España se aplica el modelo de compensación simplificada (conocido también como «net billing»), distinto del clásico «balance neto» de otros países, en el que el excedente se descuenta económicamente pero no se compensa kWh por kWh.
Requisitos para acogerte a la compensación simplificada
No todas las instalaciones pueden beneficiarse automáticamente de este mecanismo. Para poder acogerte, tu instalación debe cumplir estos requisitos:
- Potencia igual o inferior a 100 kW (prácticamente cualquier instalación residencial o de pequeño negocio cumple este límite sin problema).
- El titular del punto de suministro y el titular de la instalación deben ser la misma persona. Si eres inquilino y no el propietario de la vivienda, este punto puede complicar el trámite.
- Contar con un contador inteligente bidireccional homologado, capaz de medir tanto la energía que consumes de la red como la que viertes a ella.
- Firmar un contrato de compensación de excedentes con tu comercializadora eléctrica, en el que se fija el precio al que se compensará cada kWh vertido.
- No estar acogido a ningún otro régimen retributivo por esa misma energía (no se puede «cobrar dos veces» por el mismo excedente).
- Estar inscrito en el Registro Administrativo de Autoconsumo de Energía Eléctrica de tu comunidad autónoma. Puedes consultar el detalle específico de tu región en nuestra sección de ayudas y subvenciones por comunidad autónoma.
A diferencia de las instalaciones de más de 100 kW (típicas de autoconsumo industrial), las instalaciones residenciales acogidas a compensación simplificada no necesitan inscribirse en el RAIPRE (Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica) ni darse de alta como sujetos generadores, ya que este mecanismo no se considera una actividad económica.
Cómo funciona el trámite paso a paso
- Tu instaladora legaliza la instalación una vez finalizado el montaje, tramitando el boletín eléctrico y el certificado correspondiente.
- Se solicita la inscripción en el registro de autoconsumo de tu comunidad autónoma (este trámite lo suele gestionar directamente la instaladora como parte del servicio contratado).
- Firmas el contrato de compensación de excedentes con tu comercializadora eléctrica (puede ser la misma con la que ya tienes contratada la luz, o cambiarte a otra que ofrezca mejores condiciones).
- La distribuidora sustituye o configura tu contador para que sea bidireccional, si no lo era ya.
- A partir de la activación, cada mes tu comercializadora aplica automáticamente el descuento correspondiente en tu factura, sin que tengas que hacer nada de forma manual.
Cómo se calcula la compensación en tu factura
El cálculo es más sencillo de lo que parece. Cada mes, tu comercializadora multiplica los kWh que has vertido a la red por el precio de compensación acordado en tu contrato, y resta ese importe del término de energía de tu factura:
Importe compensado = kWh vertidos en el mes × precio de compensación (€/kWh)
Es importante tener en cuenta dos límites legales que marcan este cálculo:
- La compensación solo puede aplicarse sobre el término de energía, nunca sobre el término de potencia ni sobre los impuestos. Es decir, siempre vas a pagar una parte fija de la factura, aunque tus excedentes sean muy altos ese mes.
- La compensación no puede superar el importe del consumo del mismo mes. Si tus excedentes valen más que lo que has consumido de la red, ese exceso no se paga ni se acumula para el mes siguiente, salvo que contrates un servicio adicional de «batería virtual» con tu comercializadora.
Cuánto se cobra por la compensación de excedentes en 2026
Como ya explicamos en nuestro artículo sobre con y sin excedentes, el precio que pagan las comercializadoras por cada kWh vertido se mueve en 2026, de forma orientativa, entre 0,04 € y 0,12 € por kWh, dependiendo de si estás en mercado regulado (PVPC, en torno a 0,07 €/kWh de media) o en una tarifa específica de mercado libre para autoconsumo (que puede llegar a 0,10-0,12 €/kWh en las ofertas más competitivas). Este precio es siempre inferior al que pagas por comprar electricidad de la red (habitualmente entre 0,15 € y 0,20 €/kWh), por lo que la compensación debe entenderse como un complemento al ahorro, no como su fuente principal.
¿Y si mi instalación supera los 100 kW?
Si tu instalación es mayor de 100 kW (algo poco habitual en viviendas, más propio de naves industriales o grandes comunidades de vecinos), no puedes acogerte a la compensación simplificada, pero sí existe la alternativa de vender los excedentes al mercado eléctrico, un proceso más complejo administrativamente que requiere darte de alta como productor en el RAIPRE o formalizar un acuerdo de representación en el mercado con una comercializadora. Este caso se trata en profundidad en nuestra guía sobre placas solares para autónomos y pequeños negocios.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar de comercializadora sin perder la compensación? Sí. Tu instalación de autoconsumo está registrada de forma independiente a la comercializadora que tengas contratada, así que puedes cambiarte libremente siempre que la nueva compañía ofrezca también el servicio de compensación de excedentes.
¿La compensación de excedentes tiene coste para mí? El mecanismo en sí no tiene coste por ley, aunque algunas comercializadoras aplican pequeñas comisiones de gestión a cambio de ofrecer precios de compensación más altos que la media, así que conviene revisar bien las condiciones del contrato antes de firmar.
¿Qué pasa si no estoy acogido a compensación y vierto excedentes igualmente? Es posible tener una instalación «con excedentes no acogida a compensación», en la que se vierte energía a la red pero no se recibe ninguna contraprestación económica por ella. No es una opción recomendable para la mayoría de usuarios, ya que renuncias a un ahorro sin ninguna ventaja a cambio.
Conclusión
La compensación de excedentes funciona como un descuento automático en tu factura eléctrica, calculado cada mes multiplicando los kWh que viertes a la red por el precio pactado con tu comercializadora (entre 0,04 € y 0,12 €/kWh en 2026). Para acceder a ella necesitas cumplir unos requisitos sencillos —potencia máxima de 100 kW, contador bidireccional y contrato firmado— que en la práctica gestiona tu propia instaladora como parte del proceso de legalización. Si todavía no tienes claro si te interesa más esta modalidad o prescindir del vertido a la red, te recomendamos volver a nuestra comparativa de autoconsumo con y sin excedentes.